
Para estas actividades se establece la equivalencia de 1 crédito por cada 15 horas hasta un máximo de 20 créditos por titulación de un ciclo y 30 créditos por titulación de dos ciclos.
(*) En los sitios web del Vicerrectorado del Campus de Gipuzkoa y del Vicerrectorado del Campus de Bizkaia se encuentra disponible la información relativa a sus respectivas resoluciones sobre créditos de libre elección.
IMPORTANTE:
Las resoluciones correspondientes a los curso 2010/2011 y 2011/2012 son válidas únicamente para el alumnado que esté cursando Planes de Estudios previos a la ordenación fijada por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales (BOE nº 260 de 30 de octubre de 2007); es decir, no son válidas para el alumnado que esté cursando algún Grado.
Fecha de la última modificación: 21/02/2012